miércoles, 4 de diciembre de 2013

U.D.5. LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y TERRITORIAL DE ESPAÑA. LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI

U.D.5. LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y TERRITORIAL DE ESPAÑA. LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI

ÍNDICE DE LA U.D.
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA
  1. ¿Qué es una Constitución?
  2. ¿Qué tipo de Estado es España según la Constitución de 1978?
  3. ¿Cómo es el sistema político español?
LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
  1. ¿Cómo está organizada territorialmente España?
LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI
  1. ¿Cuáles son las características de la sociedad española del siglo XXI?
  2. ¿Cuáles son los contrastes territoriales presentes en la sociedad española en la actualidad?
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA

¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN?
            Una Constitución es la ley fundamental que regula la organización política de un Estado. Pueden ser de 4 tipos: otorgadas (=dadas por un monarca), votadas (=aprobada por el pueblo mediante referéndum), flexibles (=de fácil reforma en caso de necesidad por un legislador ordinario como ocurre en el sistema inglés) o rígidas (=de difícil reforma, ya que requiere un procedimiento específico para la reforma de sus preceptos).
            En la actualidad, en España está vigente la Constitución de 1978, que se trata de una Constitución escrita y rígida, compuesta por 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias, 1 derogatoria y 1 final.

¿QUÉ TIPO DE ESTADO ES ESPAÑA SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE 1978?
            La Constitución de 1978 configura a España como a una monarquía parlamentaria. Además, según el artículo 1º de la Constitución, España es un Estado democrático, social y de derecho:
  1. Democrático porque es un Estado basado en 3 pilares: participación de los ciudadanos en el gobierno,  división de poderes y el estado de derecho.
  2. Social porque el Gobierno, basándose en el estado del bienestar, interviene en la economía y la sociedad a fin de que todos los ciudadanos tengan un nivel de vida digno y se reduzcan las desigualdades.
  3. De derecho ya que las leyes deben ser cumplidas obligatoriamente por todos, incluidos los gobernantes.

¿CÓMO ES EL SISTEMA POLÍTICO ESPAÑOL?
            El sistema político español está estructurado en las siguientes instituciones:
  1. Monarquía: según la Constitución, España es una monarquía parlamentaria (= sistema político en el que el rey es el Jefe del Estado pero no tiene poderes de gobierno, ya que sus actos tienen que estar aprobados por el gobierno o por el Parlamento). En España, el cargo de rey es vitalicio y hereditario; además, la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Como Jefe de Estado, el Rey tiene funciones simbólicas reconocidas por la Constitución y las leyes:
    • Máxima representación del Estado en las relaciones internacionales, a la vez que la máxima autoridad dentro del país.
    • Actuar como árbitro y moderador de las instituciones.
    • Nombra a los cargos políticos elegidos, firma y sanciona las leyes.
  2. Cortes Generales o Parlamento: representan al Pueblo español. Ejercen el poder legislativo y sus funciones básicas  son:
    • Aprobar las leyes: el Gobierno les remite los proyectos de ley que deben ser aprobados primero por el Congreso y luego por el Senado.
    • Aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
    • Controlar al gobierno mediante sesiones de control al gobierno semanales.
    • Elegir al Presidente del gobierno entre el partido con mayor número de diputados.
    • Deponer al Presidente del Gobierno mediante el empleo de la moción de censura, usada cuando el Gobierno pierde la confianza del Congreso.
Las Cortes españolas, cuyos miembros son elegidos cada 4 años en elecciones libres y periódicas mediante sufragio universal, son bicamerales al estar formadas por 2 cámaras:
    • Senado: es la Cámara Alta de las Cortes, siendo una cámara de representación territorial. El número de senadores es variable y su forma de elección mixta: hay 4 senadores por provincia, 3 por isla, 1 por Comunidad Autónoma y otro por cada millón de habitantes.  
    • Congreso de los Diputados: es la Cámara Baja de las Cortes. Compuesta en la actualidad por 350 diputados (la Constitución establece un número de entre 300-400 diputados), que son elegidos en circunscripciones electorales provinciales siguiendo la Ley D´Hont, que garantiza que todos los diputados elegidos tengan más votos que cualquiera no elegido. Para que un partido político obtenga 1 diputado en cada circunscripción, es necesario que el candidato tenga un mínimo de 3% de votos en esa circunscripción. Cada provincia tiene garantizados 2 diputados, mientras que el resto son adjudicados de manera proporcional a su población. Sus funciones son políticas y legislativas.
  1. Gobierno: compuesto por el Presidente del Gobierno (elegido por el Congreso), los vicepresidentes y los ministros (elegidos por el presidente), ejerce el poder ejecutivo (=gobernar de acuerdo a las leyes). Las funciones del Gobierno son:
    • Dirigir la política interior y exterior.
    • Dirigir la administración civil y militar.
    • Preparar la mayoría de los proyectos de ley que después deben ser aprobadas por las Cortes.
    • Fijar los objetivos que deben alcanzarse en los diferentes ámbitos de actuación del Estado.
    • Decidir y ejecutar las estrategias de actuación que serán llevadas a cabo por los ministerios y demás órganos de la administración.
  2. Poder Judicial: ostentan el poder judicial, consistente en la aplicación de las leyes por parte de los jueces en los juzgados y los magistrados de los tribunales, que son independientes de los demás poderes del Estado, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la ley. Además, existen 2 órganos judiciales claves: Tribunal Supremo con jurisdicción (=poder que tienen los jueces y tribunales para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en un determinado territorio) en todo el territorio nacional y el Tribunal Constitucional, encargado de interpretar la Constitución en caso de duda.

LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

¿CÓMO ESTÁ ORGANIZADA TERRITORIALMENTE ESPAÑA?
La actual Constitución de 1978 refleja la actual organización territorial del Estado en su título VIIIº, (artículos 137-158). De hecho, además de la organización territorial, la Constitución recoge también el reconocimiento del derecho a la autonomía de las nacionalidades.
En la actualidad, España es un Estado descentralizado (= Estado en el que las instituciones locales y regionales tienen competencias e instituciones de gobierno propias), y nuestra organización territorial, única en el mundo está formada por:
  1. Municipios: son las unidades territoriales y administrativas más elementales del Estado formado por uno o más núcleos de población y regidos por la administración municipal (=aquella que es ejercida en el territorio sobre el que el ayuntamiento tiene competencias), que al ser la más cercana al ciudadano, es la que mejor y más rápidamente soluciona los problemas. En la actualidad en España hay 8116 municipios, caracterizados por:
    • La capital del municipio es la localidad donde se encuentra el ayuntamiento.
    • El gobierno municipal es responsabilidad del Ayuntamiento formado por el alcalde y varios concejales, según el número de habitantes del municipio. En las elecciones municipales, celebradas cada 4 años, se eligen a los concejales, quienes luego eligen al alcalde.
    • Sus recursos económicos para desempeñar sus funciones los obtienen de los tributos municipales y de una parte de los recaudados por el Estado y la Comunidad autónoma a la que pertenezcan, que dependen de su número de habitantes.
    • Servicios que deben prestar obligatoriamente los municipios a los ciudadanos: todos los municipios deben disponer de iluminación pública,  recogida de residuos domésticos, limpieza viaria, traída de agua potable a domicilio, cloacas, pavimentación y cementerio. Si pasan de 5000 habitantes: los anteriores más biblioteca y parques públicos, mercado y tratamiento de residuos. Si pasan de 20.000 habitantes: lo anterior más Protección Civil, servicios sociales, bomberos, instalaciones deportivas públicas y matadero. Si pasan de 50.000 habitantes lo anterior más transporte público urbano y protección del medio ambiente.  
  2. 50 Provincias: son territorios constituidos por la agrupación de varios municipios, que actúan como división territorial y al mismo tiempo como entidad local ya que presta servicios a los municipios.  La división provincial actual fue ideada en 1833 por Javier de Burgos, quien ideó una división provincial con 49 provincias sobre los límites de los antiguos reinos hispánicos (ver mapa inferior).
                   
Su gobierno y administración se encomiendan a las Diputaciones provinciales (presentes únicamente en las comunidades autónomas pluriprovinciales, ya que en las 7 uniprovinciales no existen) u otras corporaciones de carácter representativo; las islas por su parte tienen su equivalente en forma de Cabildos en Canarias (1 por isla) y de Consejos en Baleares. Actualmente las provincias cumplen 3 funciones:
    • Ser la entidad local de mayor rango y cooperar con los municipios: por ello los diputados de la Diputación provincial son elegidos entre los concejales electos y el Presidente de la Diputación es escogido por los diputados electos.
    • Servir de delimitación electoral del Estado ya que las provincias son la base de las circunscripciones electorales cara a las elecciones.
    • Servir de división territorial donde ejercen su jurisdicción los subdelegados del gobierno, que ejercen las funciones del delegado del gobierno pero en su provincia.
  1. 17 Comunidades Autónomas: modelo implantado por la Constitución de 1978 como formas de autogobierno regional descentralizado. Las Comunidades Autónomas se constituyeron entre 1979 y 1983, y cada una de ellas tiene su propio Estatuto de Autonomía, que son las normas institucionales básicas de una Comunidad o una Ciudad Autónomas. (Requiere ser tramitada mediante Ley Orgánica, por lo que para ser concedida, requiere ser aprobada en primer lugar por el Parlamento Autonómico, luego en  las Cortes por mayoría absoluta y finalmente en referéndum en el territorio correspondiente. Una vez refrendado el Estatuto por los ciudadanos de la Comunidad, el Rey los sanciona y lo promulga como ley). En cada estatuto de autonomía se recoge la presencia de:
    • Competencias: son el conjunto de materias sobre las que cada autonomía puede decidir. Estas competencias pueden ser de 2 tipos: plenas en las que el gobierno nacional no interviene (como las de urbanismo, vivienda, educación…) o compartidas con el Estado (vg: carreteras, legislación laboral…).
    • Instituciones autonómicas de gobierno: cada comunidad cuenta con 4 instituciones:
o Parlamento autonómico: en el cual se ejerce el poder legislativo, ya que se discuten y aprueban las leyes de su ámbito, se controla la acción del gobierno autonómico, eligen al Presidente y aprueban los Presupuestos.
o Presidente autonómico: elegido por el Parlamento autonómico y nombrado por el Rey, representa a la Comunidad Autónoma y forma y dirige al Gobierno autonómico.
o Gobierno autonómico: formado por el Presidente y un número variable de Consejeros, ejecuta y hace cumplir las leyes aprobadas por el Parlamento y aquellas otras sobre las que comparte competencias con el Estado.
o Tribunal superior de Justicia: es la más alta instancia jurídica dentro de una Comunidad Autónoma. Su presidente es nombrado por el Rey a instancias del Consejo General del Poder Judicial.
La descentralización sin embargo no impide que haya competencias totalmente estatales. Por ello, en las Comunidades Autónomas destaca la presencia del  Delegado del Gobierno, designado por el Gobierno central, que cuenta con 5 funciones básicas:
o   Representar al gobierno central en la Comunidad Autónoma.
o   Mantener la seguridad ciudadana, dirigiendo y coordinando a las Fuerzas de Seguridad del Estado.
o   Velar por el cumplimiento de las leyes estatales.
o   Dirigir la Administración central en la Comunidad autónoma.
o    Coordinar la actuación de la administración central con la autónoma.
  1. 2 Ciudades Autónomas: son los municipios de Ceuta y Melilla, escindidos en 1995 de Andalucía, ya que hasta ese año dependían de las provincias de Cádiz en el caso de Ceuta y de Málaga, Melilla. Aunque sean ciudades autónomas, no tienen competencias plenas.

LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI

¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DEL SIGLO XXI?
            La actual sociedad española se caracteriza por 3 factores:
  1. Transformación socioeconómica desde la década de 1950, que se ve con 3 transformaciones de carácter:
    • Socio-económico: España ha pasado de ser país con una sociedad y economía  meramente agropecuarias, a ser tras un periodo de industrialización y modernización,  en la actualidad una sociedad posindustrial, en la que predomina el sector servicios y una industria altamente tecnificada.
    • Demográfico: se ha producido un cambio notable en la distribución demográfica, ya que sea experimentado un éxodo rural hacia las zonas urbanas y metropolitanas. Además, España ha dejado de ser un país de emigrantes, para ser un país receptor de inmigración.
    • Cultural: reflejado en nuevas formas de trabajo y de vida, nuevas actitudes más tolerantes favorecidas por la inmigración, cambios en la estructura familiar fruto de la entrada de la mujer en el mercado laboral y las legislaciones de la Democracia…
  1. Cambios en la estructura laboral y familiar, favorecidos por:
    • Incorporación de la mujer al mundo del trabajo remunerado, que ha contribuido a generar mayor riqueza económica y a la vez ha representado un cambio en la organización social y familiar (hijos que están solos en casa casi todo el día, aumento del papel de los abuelos en el cuidado de los nietos…).
    • Desarrollo de nuevos modelos familiares ya que se ha pasado de la tradicional familia extensa (=abuelos, padres e hijos), cada vez menos frecuente, a las familias nucleares (=padres e hijos), a las familias monoparentales (=padre o madre con hijos), parejas de hecho,  matrimonios homosexuales o a modelos singles (=gente que vive sola).
  2. Presencia de un elevado nivel de bienestar medido con diversos indicadores relacionados con 4 parámetros relacionados con el IDH (=Indicador del Desarrollo Humano, es un indicador social estadístico elaborado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD-):
    • Enseñanza: aunque la escolarización obligatoria es de los 6-16 años, la gratuidad empieza  a partir de los 3 años, edad a la que se escolariza a la mayoría del alumnado. Ello ha posibilitado la práctica erradicación total del analfabetismo y un aumento del número de estudiantes universitarios.
    • Sanidad: desde 1986 todos los residentes en España, sean ciudadanos o no, tienen acceso libre y gratuito a la sanidad gratuita.
    • Esperanza de vida al nacer: una de las más elevadas del mundo, ha pasado desde 1975 a 2009 de los 73,7 años a los 81,2 años, siendo mayor para las mujeres, que es de 84,3, mientras que la de los hombres es de 78,2. Ello ha provocado que aumente el número de personas mayores de 65 años, lo que requiere una ampliación presupuestaria para garantizar el sistema de pensiones, así como la red hospitalaria y la red asistencial.
    • Consumo: al aumentar el nivel de renta per cápita en estos últimos años, también ha crecido el consumo familiar. La compra de viviendas a través de hipotecas, de coches, segundas viviendas y el aumento de los viajes al extranjero para disfrutar las vacaciones, ha sido algo habitual para gran parte de la población hasta la recesión actual. Actualmente, con la crisis económica iniciada en 2008, ha aumentado bruscamente el desempleo y han descendido la renta per capita disponible, lo que ha originado una notable reducción del consumo.
         
¿CUÁLES SON LOS CONTRASTES TERRITORIALES PRESENTES EN LA SOCIEDAD ESPAÑOLA EN LA ACTUALIDAD?
            La Constitución española establece un principio de solidaridad entre las comunidades autónomas, aplicando una serie de políticas territoriales de carácter integral, destinadas a corregir los contrastes y los desequilibrios existentes entre las regiones. Estas políticas se reflejan en proyectos de inversión financiados con fondos estatales, incluido el Fondo de Compensación Interterritorial, extraído de los Presupuestos Generales del Estado y que se concede a las regiones cuyo PIB es inferior al 75% de la media de la UE. Los contrastes territoriales se agrupan en:
  1. Contrastes espaciales: la extensión de las Comunidades Autónomas es muy variada. Castilla-León es la más grande, ocupando casi el 20% de la superficie total, mientras que la más pequeña es Baleares que apenas representa el 1%.
  2. Desequilibrios territoriales, están relacionados con el emplazamiento de las actividades económicas más dinámicas. Se refieren a las diferencias en el reparto de:
    •  Población: la población española se concentra en Madrid y en las zonas costeras, que son zonas en continuo crecimiento demográfico, mientras que en el interior aparecen grandes despoblados y zonas con una población muy envejecida.
    • Riqueza: se puede medir usando 3 baremos:
o Renta per capita, País Vasco, Navarra, Madrid y Cataluña son las Comunidades con mayor renta per capita, mientras que Extremadura, Castilla La Mancha, Andalucía y Murcia tiene las más bajas.
                                   
o Ocupación de la población activa: el sector primario posee un peso destacado en Extremadura, Murcia y Galicia; el secundario es importante en La Rioja, Castilla-La Mancha y Navarra; los mayores porcentajes en sector terciario se da en las ciudades autónomas, Madrid, Canarias y Baleares.
o Tasa de paro. Ambas coinciden, pues donde hay mayor tasa de paro hay menor renta per capita y viceversa. Combinándolos, podemos ver como los centros económicos de España están situados en las áreas metropolitanas de Madrid, Barcelona, Valencia, Alicante, valle del Ebro,  y el norte de España.